Bueno, pues parece ser que ahora parcar en el carril bus y conducir sin luces reglamentarias, no es tan grave como hace unos meses ya que no nos restará puntos del carné. Así mismo tampoco serán motivo de rebaja de puntos el aparcar en el carril bus y conducir sin el alumbrado cuando sea obligatorio.
La nueva Ley de Tráfico fue aprobada el pasado 29 de octubre.
Tampoco serán motivo de retirada de puntos el circular por autopistas o autovías con vehículos con los que esté expresamente prohibido hacerlo y conducir con un vehículo con una ocupación que suponga aumentar un 50 por ciento o más el número de plazas autorizadas.
Además, conducir de forma negligente, aumentar la velocidad para evitar ser adelantado, así como parar o estacionar en las curvas, cambios de rasante, túneles, pasos inferiores, intersecciones o cualquier otro lugar peligroso que constituya un riesgo a la circulación o a los peatones tampoco restará puntos.
Sin embargo todas ellas conllevarán una sanción económica.
Por otro lado la DGT tendrá que archivar todos los expedientes en curso de las infracciones que no quitan puntos en la nueva Ley de Tráfico.
Y no retirará puntos a los mismos, es decir, un conductor que haya perdido dos puntos por parar en el carril bus y que haya recurrido la sanción, si todavía no ha recibido la resolución de la administración no perderá sus puntos.
Además ya no se retirará el carné de conducir de forma temporal.La única forma de perder el carné será agotar todo el saldo de puntos o que un juez retire el permiso.
Esto no quiere decir que nos podamos relajar. Por supuesto que debemos ser igual de responsables a la hora de respetar la normas y al resto de los ciudadanos.